Plazo Fijo de Títulos Públicos

Dispone de una renta adicional a la percibida por sus Títulos Públicos.

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El servicio de depósito a plazo de títulos públicos le permite disponer de una renta adicional, devengando, durante el tiempo de colocación, una tasa de interés que se suma al “Servicio de Renta/Amortización” implícito de los mismos. (*)

Características:

  • Plazo mínimo: 90 días.
  • Monto mínimo de inversión: VN 5000.
  • Moneda: Títulos Públicos de cotización a nivel nacional.

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(*) LOS DEPÓSITOS EN PESOS Y EN MONEDA EXTRANJERA CUENTAN CON LA GARANTÍA DE HASTA $ 450.000. EN LAS OPERACIONES A NOMBRE DE DOS O MÁS PERSONAS, LA GARANTÍA SE PRORRATEARÁ ENTRE SUS TITULARES. EN NINGÚN CASO, EL TOTAL DE LA GARANTÍA POR PERSONA Y POR DEPÓSITO PODRÁ EXCEDER DE $ 450.000, CUALQUIERA SEA EL NÚMERO DE CUENTAS Y/O DEPÓSITOS. LEY 24.485, DECRETO Nº 540/95 Y MODIFICATORIOS Y COM. “A” 2337 Y SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS. SE ENCUENTRAN EXCLUIDOS LOS CAPTADOS A TASAS SUPERIORES A LA DE REFERENCIA CONFORME A LOS LÍMITES ESTABLECIDOS POR EL BANCO CENTRAL, LOS ADQUIRIDOS POR ENDOSO Y LOS EFECTUADOS POR PERSONAS VINCULADAS A LA ENTIDAD FINANCIERA.